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Concejo
Función Constitucional

Son Funciones del Concejo:

1. Reglamentar las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del municipio.
2. Adoptar los correspondientes planes y programas de desarrollo económico y social y de obras públicas.
3. Autorizar al Alcalde para celebrar contratos y ejercer
.
4. Votar de conformidad con la Constitución y la Ley, los tributos y los gastos locales.

5. Dictar las normas orgánicas del presupuesto y expedir anualmente el presupuesto de rentas y gastos.
6. Determinar la estructura de la Administración Municipal y las funciones de sus dependencias; las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de empleos; crear, a iniciativa del Alcalde,  establecimientos públicos y empresas industriales o comerciales y autorizar la constitución de sociedades de economía mixta.
7. Reglamentar los usos del suelo y, dentro de los lí​mites que fije la ley, vigilar y controlar las actividades relacionadas con la construcción y enajenación de inmuebles destinados a vivienda.

8. Elegir Personero para el período que fije la ley y los demás funcionarios que esta determine.

9. Dictar las normas necesarias para el control, la preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural del municipio.

10. Las demás que la Constitución y la Ley le asignen.



Información de contacto

Presidente: Rafael Patrón Martínez
Teléfono: (+57) 5 2826315
Fax: (+57) 5 2826317
Dirección: Carrera 20 Nº 22 - 25 Palacio Municipal
Correo Electrónico: concejo@sincelejo-sucre.gov.co
Horario de Atención: Lunes a Viernes 8:00 a.m. a 12:00 m. y de 2:00 p.m. a 6:00 p.m.

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